¡Los Derechos Humanos nos mataron!

Fernando Cortés

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Podcast: Derecho en FA

 

Al día en que se publica esta columna, México cuenta con 444,098 casos positivos y 46,804 muertes a causa del Covid-19, esto según el sitio oficial del mismo gobierno federal https://coronavirus.gob.mx/datos/, no necesitamos ser matemáticos para saber que la tasa de mortalidad ronda alrededor del 10%; ni tampoco estadistas para deducir que respecto a países como Japón, que comparte características similares demográficamente hablando (aunque muy distintas en cuanto a densidad de población), la historia es otra, pues el país nipón cuenta con apenas 30,961 casos confirmados y tan solo 998 muertes. La pregunta obligada aquí es:

 

¿Por qué la abismal diferencia entre países como Japón y países como México?

La respuesta es obvia, pero dolorosa. La resumo en dos aspectos a analizar:

           1.      Políticas públicas

Es bien sabido que el gobierno de México adoptó tarde (Por no decir que jamás adoptó) políticas publicas eficaces para hacerle frente a la pandemia, que con muy buen tiempo se avecinó a territorio nacional. Ya saben, protocolos de sanitización, campañas informativas, cierre parcial o total de puertos aéreos y marítimos, pruebas de covid-19 o aislamiento preventivo a ciudadanos mexicanos que llegasen del extranjero, etc. Sin demeritar los mensajes contradictorios de diversos funcionarios federales, incluyendo al Señor Hugo López Gatell e incluso el propio ejecutivo federal, Manuel López, pero de ello hablaremos en otra columna.

 

Lo que le da título a esta entrada de la Revista Jurídica, y por ende lo más importante, es lo siguiente.

           2.      Marco jurídico

Como ya todos sabemos o deberíamos saber, a raíz de la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, el Estado Mexicano los acogió en el máximo ordenamiento (Constitución). Por si fuera poco, según el mismo artículo primero constitucional, en su tercer párrafo nos dice que dichos derechos humanos se deben proteger y garantizar de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Es precisamente este último principio el que a mí siempre me ha causado conflicto, pues significa que los DDHH (en lo sucesivo Derechos Humanos) jamás sufrirán un retroceso o menoscabo alguno, si avanzan hacia algún lado, siempre será hacia delante, en pro de la dignidad humana.

 

Qué bonito discurso, sin embargo, lo que nadie se ha puesto a pensar, es que con el principio de progresividad se da carta abierta  a que cada vez haya más y absurdos derechos (Pero eso sí, sin imponer obligaciones a sus titulares), en otras palabras, con un razonamiento lógico jurídico medianamente correcto podemos hacer que se creen nuevos, y a la luz de este principio, siempre serán bienvenidos. Lo anterior no hace otra cosa sino generar conflictos de intereses, entre un derecho y otro, para muestra, nuestra situación actual, hemos visto a lo largo y ancho del territorio nacional que diversas autoridades han tomado medidas para tratar de mantener a la gente en casa, eso incluye decretos y leyes, como por ejemplo “Hoy no circula”; “Obligación de portar el cubre bocas”; “Prohibir reuniones o conglomeración de personas” etc. Estos obviamente tienen la finalidad de contrarrestar la pandemia, y sobre todo salvaguardar el Derecho a la vida y la salud pública, pero sorpresa, también son violatorios de otros DDHH, ¿Y saben qué hacemos los abogados cuando algo es violatorio de Derechos Humanos? Promovemos amparos y los dejamos sin efectos. 


¿Ahora ves el problema?

En situaciones como ésta, de qué manera el Estado puede combatir estas emergencias, está en cierto modo atado de manos, pues si trata de proteger unos, vulnera otros. Hay dos maneras de contrarrestar esto, la primera es por medio del análisis del caso en concreto por el juzgador de amparo y de su sentencia (en otras palabras hacer una ponderación de qué DDHH es más importante y fallar a favor de este) y la segunda es sobre un estado de excepción y la suspensión de ciertos derechos humanos (Ya hablamos de eso en un podcast y dijimos que es muy poco probable que suceda y que jamás antes se ha hecho). Sea cual sea la vía, otro principio que detiene en seco este tipo de sentencias es el principio de interdependencia, porque quiere decir que del ejercicio de unos DDHH, dependen otros o se desprenden otros, por ejemplo el de la vida, del que se le desprenden todos los demás. También existe algo llamado autonomía personal y libre desarrollo de la personalidad, pero de eso te hablaré en otra ocasión (Si es que sobrevivo). Por ahora quiero que te quedes con que es bastante complicado y casi imposible que la autoridad pueda mantener en sus casas a la población u obligarlos a usar cubre bocas.

 

Entonces, ¿La respuesta es abolir los Derechos Humanos?

Para empezar, eso no puede pasar, ¿Qué no te acabo de hablar sobre el principio de progresividad? Y aunque se pudiera, los DDHH son algo por lo que se han librado miles de batallas y han costado millones de vidas a lo largo de la historia humana. No debemos echarlos por la borda, soy fiel creyente de que ciertos derechos debemos defenderlos con uñas y dientes y que un Estado que se jacte en decirse democrático, debe dar, respetar y hacer cumplir cabalmente los DDHH, de otra manera la democracia no tiene lugar.

 

Yo propondría hacer una distinción clara de cuales derechos siempre valdrán más que otros, es decir, vida; libertad; manifestación de ideas; educación; salud; alimentación; asociación y deporte, a mi juicio son los más importantes y deben ser siempre superpuestos a cualquier otro DH que los menoscabe, máxime si atenta contra el interés de la colectividad o algún grupo vulnerable. Además de imponer obligaciones a sus titulares para la debida aplicación de los mismos, porque el Estado o Autoridad, no es el único que los vulnera, sino también nosotros como particulares, día con día. De esta forma tendríamos un campo de acción jurídico más amplio para combatir esta emergencia sanitaria.

 

En Derecho en FA nos preocupamos por el bienestar de la colectividad así como de los grupos vulnerables, por esto nuestra misión diaria es llevar la Cultura Jurídica a más personas.

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